¿Sabes cuáles son las excepciones para que un niño viaje de copiloto?

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Las ansiadas vacaciones están a la vuelta de la esquina y las ganas de viajar y hacer planes se multiplican. Además, la posibilidad de disfrutar en familia después de todo un año trabajando y pasando poco tiempo con esas personas a las que tanto quieres emerge como una magnífica idea. Así pues, una vez libre del trabajo, lo primero que haces es trazar planes de viajes y excursiones y para ello, cuentas con todos los miembros de tu familia. Sin embargo, uno o varios de esos miembros son unas personitas pequeñas que requieren tener ciertas cosas en cuenta a la hora de contar con ellos para hacer viajes en coche. Se trata de las especificidades que estipula la Dirección General de Tráfico para llevar a un niño montado en un vehículo y que son de obligado cumplimiento.

A lo largo de una sola semana de campaña, los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil (ATGC), descubrieron que se habían cometido 189 casos en los que los menores que viajaban en los coches no usaban ningún tipo de sistema seguro de retención. Esto es una verdadera locura. Los adultos que cometen este tipo de infracciones, sea cual sea la distancia que vayan a recorrer, lo que consiguen es poner a los menores en una situación de grave peligro.

La Dirección General de Tráfico señala que aquellos niños que posean una estatura igual o inferior a 135 centímetros, deberán viajar siempre con un sistema de retención infantil adecuado a sus características, es decir, debe estar en consonancia con su tamaño, tal y como muestra la norma.

Por otro lado, será de obligado cumplimiento el hecho de que los menores viajen siempre en la zona de los asientos traseros. Este es el punto clave de nuestro artículo y que quizá te interese si tienes niños y estés planeando algún viaje o simplemente quieras hacer alguna excursión. Hemos señalado que los menores viajarán siempre en los asientos traseros, tal y como señala la norma; sin embargo, existen tres excepciones a este precepto que pasamos a explicarte a continuación:

  1. En el caso de que el vehículo no disponga de asientos traseros, el menor podrá viajar en el coche en la zona de los asientos delanteros.
  2. Si se diera el caso en el que todos los asientos traseros están ya ocupados por otros menores acoplados en sus respectivos sistemas de retención, el menor también podrá viajar en la zona delantera.
  3. Cuando no haya posibilidad de instalar en los asientos traseros todos los sistemas de retención infantil.

Así pues, estas tres situaciones son las únicas excepciones que contempla la norma y que permite a un menor viajar en un vehículo en la zona de los asientos delanteros. Sin embargo, eso sí, siempre y sin excepción con el correspondiente sistema de retención infantil homologado para su tamaño. Ten muy presente la norma este verano si vas a viajar con menores en tu vehículo para mantener a los más pequeños de la casa protegidos siempre.

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